El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró improcedente la consulta formulada por el abogado Carlos Chipoco y los regidores del Partido Popular Cristiano, Alberto Valenzuela Soto y Óscar Ibáñez Yagui, sobre la precisión de cuántos votos se necesitan para que proceda la revocatoria de la alcaldesa y los 39 regidores municipales.El órgano electoral consideró que entregar dicha información implicaría un adelanto de opinión. Instó a los regidores a esperar los resultados oficiales de la consulta popular.Asimismo, según la resolución, desde 1997 se realizaron consultas de revocatoria con la normativa existente sin mayores incidencias ni cuestionamientos en el desarrollo y resultado de tales procesos.(Edición sábado).