La carga procesal del Tribunal Constitucional (TC) se verá reducida en gran medida, luego de conocerse una sentencia que precisa la competencia de dicha institución para ventilar acciones de amparo en materia laboral pública y privada.Según el fallo, el TC establecerá en adelante el principio de subsidiariedad para la procedencia de estas demandas. De esta manera, no serán procedentes los amparos cuando existan otras vías satisfactorias para la protección de los derechos laborales.La sentencia precisa que los temas de competencia de las salas laborales y juzgados de trabajo serán declarados improcedentes en la vía del amparo. Entre las materias en cuestión figuran la impugnación por despido, el incumplimiento de normas laborales, sobre el pago de remuneraciones y los actos de hostilidad del empleador contra el trabajador. Entre estos últimos, los actos de violencia u hostigamiento --incluso sexual--, traslados a un lugar distinto con el propósito de generar perjuicio y la reducción sin motivos de la remuneración.