El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Ministerio de Energía y Minas contra una ordenanza del gobierno regional de Junín porque invade competencia del gobierno nacional en la fijación de su política de exploración y explotación de recursos naturales.El tribunal sostiene que el Reglamento de la Ordenanza Regional de Junín regula un procedimiento para la obtención de un "certificado popular" y prescinde del marco legal vigente que otorga al Poder Ejecutivo competencia para la explotación de los recursos naturales. Es más, añade que esa ordenanza excluye a las empresa públicas y empresa mixtas (públicos-privadas) del cumplimiento de la norma nacional en materia ambiental, afectando la competencia del Poder Ejecutivo en materia de Protección Ambiental respecto de la actividad de inversión.La Ley de Consulta Previa, basada en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), fue promulgada por el presidente Ollanta Humala en setiembre del 2011. Y además se estableció un plazo máximo de 120 días para realizarla, lo que causó preocupación en el empresariado local y extranjero.