Por mayoría, el Tribunal Constitucional derogó un artículo del Código Penal, según el cual las relaciones sexuales con menores de edad llevaban a la cárcel hasta por 30 años. Ahora, un violador podrá apelar al supuesto consentimiento de un adolescente para justificar su acto y salir en libertad. De esta manera, se anula la medida adoptada en el año 2006, de elevar las penas por abuso sexual a quien se aproveche de peruanos entre 14 y 18 años, como había pedido un grupo de 10 mil ciudadanos, representados por Ana Suárez Farfán, abogada de la ex Pontificia Universidad Católica. Si bien el TC precisa que esto no excarcela automáticamente a los sentenciados o procesados por este tipo de crimen, "se les puede procesar nuevamente por el delito de violación sexual regulado en el artículo 170° del Código Penal u otro tipo penal, o aplicar algunos mecanismos alternativos a dicho juzgamiento".Según el organismo presidido por Óscar Urviola, se acreditó la vulneración del derecho al libre desarrollo de la personalidad de quienes están entre los 14 años y menos de 18, estipulado en el Código Civil, donde se les permite casarse y por lo tanto tener encuentros carnales a su libre albedrío.