El Tribunal Constitucional declaró compatible con la Carta Magna la Ley de devolución del Fonavi N° 29625, pero interpretó el artículo primero de dicha norma para -según señalan- "salvar la constitucionalidad de la misma".Por esa razón, declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad que promovió el Colegio de Abogados del Callao contra la Ley del Fonavi, aprobada mediante referéndum el 3 de octubre del 2010.La sentencia interpretativa sobre la Ley del Fonavi aclara que el aporte del trabajador será devuelto individualmente en tanto que "dichos aportes fueron sustraídos del patrimonio de los trabajadores, sin cumplir la finalidad preestablecida por el fondo".(Edición sábado).