Todas las empresas con más de 20 trabajadores están obligadas a formar un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo (CSST), que se encarga de promover,asesorar y vigilar el cumplimiento de las normas de seguridad ocupacional en el centro de trabajo: prevencion de riesgos, accidentes y enferemedades profesionales, entre otros.El CSST se elige por sufragio universal de los trabajadores, y de manera paritaria, es decir, en igual proporción (entre sus miembros representantes de los trabajadores y de los empleadores).Al respecto, el ministerio de Trabajo, vía un informe legal ,recordó que los trabajadores de dirección representa al empleador o velan por sus intereses; y el personal de confianza (que no es de dirección), no representa al empleador, aunque en razón a sus funciones, podrían estar indetificados con los intereses del empleador.