ELÉCTRICAS DEFIENDEN AL MEM
3 de noviembre de 2004

Las empresas eléctricas pueden respirar, pues no existiría la inconstitucionalidad que se le quería atribuir al Decreto Supremo 010, el cual modificó la Ley de Concesiones Eléctricas para que el Ministerio de Energía y Minas sea el que defina los proyectos de generación que se incluyen en la proyección de oferta, que se considera para la fijación tarifaria que realiza Osinerg. Al menos esa es la conclusión a la que han arribado cuatro estudios de abogados contratados por la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía: Bullard, Ezcurra, Falla & Rivarola Abogados; Rodrigo, Elías & Medrano Abogados; Estudio Echecopar Abogados; y Estudio Rubio, Leguía, Normand & Asociados, que se pronuncian a favor de la validez de dicho decreto.