La comunidad nativa Tres Islas, ubicada en la cuenca del Río Madre de Dios, consiguió que el Tribunal Constitucional (TC) reconociera como parte de su derecho de propiedad, la facultad de restringuir el acceso de personas extrañas a su territorio.El TC explicó que la vinculación tradicionales de los pueblos indígenas con sus territorios posibilita que las comunidades campesinas y nativas cuenten con herramientas legales para ejercer el derecho de propiedad, y que esta facultad contempla la posibilidad de controlar intrusiones de extraños.