¿SE FORTALECE O DEBILITA EL SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL?
7 de septiembre de 2012

Escribe la Consultora de Gestión y Políticas Públicas, Sara M. Arobes Escobar. En las últimas semanas el Congreso de la República y el Poder Ejecutivo han presentado iniciativas para reformar la legislación del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, específicamente en establecer cuál sería el órgano competente para aprobar los estudios de impacto ambiental detallados relacionados a proyectos de envergadura como los mineros y energéticos. Tema presente en la Agenda Política y vinculado a los conflictos sociales que en los últimos años vienen incrementándose en nuestro país. Varias interrogantes y cuestionamientos existen alrededor de las evaluaciones de impacto ambiental: ¿son confiables?, ¿son realizadas por profesionales competentes?, ¿hay imparcialidad en su aprobación?, ¿se fiscaliza su cumplimiento? La Política Nacional del Ambiente es transectorial, adopta un modelo sistémico, sustentado en la diferenciación y complementariedad de las competencias y funciones de rectoría, normativa, administrativa, ejecutiva y de fiscalización y supervisión en diversas entidades con la finalidad de garantizar la neutralidad, transparencia, imparcialidad y eficiencia de la gestión pública ambiental. Asimismo, el marco normativo ambiental promueve la desconcentración y descentralización de las competencias, basándose en criterios territoriales o de especialidad. Ello permite, que las entidades integrantes del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, gocen de autonomía en sus procesos de toma de decisiones. Es decir, las fortalece jurídicamente, facultando el ejercicio de sus funciones con transparencia y neutralidad, sin posibilidad de manipulación por los agentes del mercado o por el poder político. El modelo vigente cuenta con el Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, cuya finalidad es supervisar que las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización y sanción en materia ambiental, a cargo de las diversas entidades del Estado, se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente. La rectoría está a cargo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental -OEFA, adscrito al Minam. Las iniciativas de ley presentadas modificarían el modelo para el caso de los estudios de impacto ambiental detallados, concentrando la revisión, evaluación y fiscalización en un solo sector, cuyas entidades, la OEFA y el Senace, estarán bajo el ámbito del Minam. Es decir, la OEFA supervisaría y fiscalizaría los Instrumentos Ambientales aprobados por el Senace cuyo máximo órgano está presidido por el Ministro del Ambiente. En ese sentido, estas propuestas estarían más bien debilitando las funciones rectora y fiscalizadora, las cuales en nuestra opinión deberían ser fortalecidas para mejorar la credibilidad del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental.

  • [Gestión,- Pág. 12]
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