La modificación del Código Tributario dada en julio, al amparo de la delegación de facultades para legislar en materia tributaria, le otorga a la Sunat una amplia discrecionalidad para decidir cuándo los contribuyentes están incurriendo en elusión en el pago de tributos, lo cual genera una situación de inseguridad jurídica.Así lo consideró Silvia Cachay Bernaola, especialista en derecho tributario del Estudio Payet, Rey, Cauvi, Abogados, quien advirtió que al generar tal inseguridad jurídica esa parte de la reforma, que llevó a cabo el Ejecutivo, podría ser considerada inconstitucional.Sustentó su crítica en el hecho de que este código modificado, en principio, no ha establecido una definición clara al concepto de elusión, pues en la exposición de motivos del Ejecutivo se podría dejar entrever que eso significa algo artificioso o impropio, pero que se usa con el fin de obtener un ahorro o ventaja.