Decreto Supremo que aprueba las normas para la realización de la comparecencia remota ante la SUNAT y las relacionadas a las condiciones en que se otorgan los perfiles de acceso al sistema de procesamiento electrónico de datos con el que el deudor tributario registra sus operaciones contables y modifica el Reglamento del Procedimiento de Fiscalización de la SUNAT para adecuarlo a la posibilidad de requerir dichos perfiles