PODER EJECUTIVO
D.S. 144-2021-EF
14 de junio de 2021

Establecen como supuesto de excepción temporal a la aplicación del inciso b) del Artículo 36 del Código Tributario la posibilidad de la SUNAT de otorgar aplazamiento y/o fraccionamiento por el saldo de la deuda tributaria contenido en una resolución de pérdida del Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento (RAF) aprobado por el Decreto Legislativo N° 1487