Declaran improcedentes los recursos de reconsideración interpuestos por las empresas Electronorte S.A. Hidrandina Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. – Adinelsa Electrocentro S.A. Electronoroeste S.A. Electro Ucayali S.A. Electrosur S.A. y Electro Sur Este S.A.A contra la Resolución N° 218-2020-OS/CD