Mantienen vigencia de derechos antidumping impuestos por Resolución Nº 116-2010/CFD-INDECOPI y prorrogados por Resolución N° 218-2016/CDB-INDECOPI sobre importaciones de biodiésel puro (B100) y de mezclas que contengan una proporción mayor al 50% de biodiésel (B50) en su composición originarios de los Estados Unidos de América.