PODER EJECUTIVO
R.D 0947-2016 MGP/DGCG
10 de octubre de 2016

Disponen que toda nave o artefacto naval de un arqueo bruto superior a 06.48 cumpla con un programa de mantenimiento periódico que le permita mantenerse en buen estado de operatividad navegabilidad y las condiciones necesarias de seguridad de la vida humana y prevención de la contaminación acuática y aprueban otras disposiciones.