GOBIERNOS REGIONALES
ordenanza 011-2011-CR/GRC.CUSCO
26 de septiembre de 2011

Crean el Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada del Gobierno Regional del Cusco - CEPRI CUSCO.

PODER EJECUTIVO
R.M. 284-2011-TR
26 de septiembre de 2011

Emiten normas complementarias a las disposiciones establecidas en el D.S. Nº 014-2001-TR, sobre arbitraje en materia de relaciones colectivas de trabajo.

PODER EJECUTIVO
R.M. 340-2011-MC
26 de septiembre de 2011

Designan Directora General de la Dirección General de Inclusión de los Conocimientos Ancestrales del Ministerio.

GOBIERNOS REGIONALES
R.D 090-2011/GOBIERNO REGIONAL PIURA-420030-DR
23 de septiembre de 2011

Otorgan concesión definitiva a favor de Catacaos Energy S.A.C. para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Yuscay.

ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS
R.D 58-2011-EF/94.06.3
22 de septiembre de 2011

Disponen inscripción de la "Primera Emisión del Cuarto Programa de Emisión de Valores de Refinería La Pampilla S.A.A. - Instrumentos de Corto Plazo" en el Registro Público del Mercado de Valores.

ORGANISMOS REGULADORES
Res. 178-2011-OS/CD
22 de septiembre de 2011

Aprueban cancelación de proceso de licitación pública de suministro de energía eléctrica para diversas empresas concesionarias, cuyas Bases Ajustadas y Bases Integradas fueron aprobadas mediante RR. Nºs. 146 y 167-2011-OS/CD.

ORGANISMOS REGULADORES
Res. 177-2011-OS/CD
22 de septiembre de 2011

Modifican los Cuadros Nº 1 y Nº 2 contenidos en los Artículos 1º y 2º de la Res. Nº 135-2011-OS/CD.

ORGANISMOS REGULADORES
Res. 176-2011-OS/CD
22 de septiembre de 2011

Incorporan numeral en el Artículo 13 de la Norma "Procedimiento de Cálculo de Tarifas de Transporte y Distribución de Gas Natural por Ductos para el Caso de la Red Principal de Camisea", aprobado por Res. Nº 078-2004-OS/CD.

PODER EJECUTIVO
FE DE ERRATAS
22 de septiembre de 2011

D.S. Nº 048-2011-EM.

PODER EJECUTIVO
R.D 077-2011-MEM/DGE
22 de septiembre de 2011

Dictan normas para que el COES y las empresas que sean requeridas intercambien información a efectos de implementar la capacidad adicional que se requiera para asegurar el abastecimiento de energía eléctrica en el SEIN.