Establecen tipo de cambio de referencia correspondiente al año 2012 para los sujetos obligados al pago de la Regalía Minera que lleven su contabilidad en moneda nacional y mantengan vigentes contratos de garantías y medidas de promoción a la inversión privada en la actividad minera suscritos antes del 1 de octubre de 2011.
Constityen Grupo Tripartito de Trabajo conformado por representantes de los Gobiernos Regionales de Cusco y Arequipa y de la PCM para dar cumplimiento a lo dispuesto por el Tribunal Constitucional en el Exp. Nº 01939-2011-PA/TC.
Aprueban medidas complementarias para la formalización de la actividad minera en las zonas comprendidas en el Anexo 1 del Decreto Legislativo Nº 1100.
Declaran caducidad por no pago oportuno de la penalidad de los años 2010 y 2011 correspondiente a diversas concesiones mineras.
DISPONEN PRIMERA INSCRIPCIÓN DE DOMINIO A FAVOR DEL ESTADO DE TERRENOS UBICADOS EN LOS DEPARTAMENTOS DE LIMA Y PIURA.
Imponen servidumbre de electroducto para la Subestación de Transformación Cantera, a favor de concesión definitiva de distribución de la que es titular EDECAÑETE S.A.
Otorgan autorización a la Empresa Eléctrica de Piura S.A. para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Térmica Malacas 3.
Declara Estado de Emergencia en el departamento de Apurímac.
Suspenden exigibilidad de obligaciones contenidas en el Procedimiento de Entrega de Información de Precios de Combustibles Derivados de Hidrocarburos (PRICE), en tanto permanezca el Estado de Emergencia decretado en diversas zonas, respecto de las unidades operativas ubicadas en las mismas.
Aceptan renuncia y designan Director General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil.