ORGANISMOS REGULADORES
Res. 195-2012-os/cd
10 de septiembre de 2012

Exceptúan de la obligación de inscripción en el Registro de Hidrocarburos como medio de transporte fluvial de combustibles líquidos, y se les incorpora al SCOP, a embarcaciones que desarrollan el transporte fluvial de combustibles líquidos en los puertos de Mazuko y San Carlos, ubicados en el departamento de Madre de dios, para el transporte de diesel B5 y gasolina de 84 octanos.