ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS
Res. 296-2011/SUNAT
2 de enero de 2012

Fijan Tasas de Interés aplicables a las devoluciones por pagos realizados indebidamente o en exceso por tributos administrados o recaudados por la SUNAT así como por las retenciones y/o percepciones no aplicadas al IGV.