Dejan sin efecto Decreto Supremo Nº 016-2013-EM.
Otorgan seguridades y garantías del Estado de la República del Perú, en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones contenidas en el Contrato de Concesión del Proyecto “Masificación del Uso de Gas Natural a Nivel Nacional” (Concesión Sur Oeste)
Encargan funciones de la Autoridad Administrativa del Agua Caplina - Ocoña y de las Administraciones Locales de Agua Chaparra - Acarí, Tacna y Locumba - Sama y Bagua - Santiago
Reconocen a la Loma Amancaes como Ecosistema Frágil y disponen su inscripción en la Lista de Ecosistemas Frágiles del Ministerio
Reconocen a la Loma Retamal como Ecosistema Frágil y disponen su inscripción en la Lista de Ecosistemas Frágiles del Ministerio
Reconocen a la Laguna de Paca como Ecosistema Frágil y disponen su inscripción en la Lista de Ecosistemas Frágiles del Ministerio.
Reconocen a la Loma Villa María del Triunfo como Ecosistema Frágil y disponen su inscripción en la Lista de Ecosistemas Frágiles del Ministerio.
Reconocen a la Loma Pacta como Ecosistema Frágil y disponen su inscripción en la Lista de Ecosistemas Frágiles del Ministerio.
Reconocen a la Loma Paloma como Ecosistema Frágil y disponen su inscripción en la Lista de Ecosistemas Frágiles del Ministerio.
Reconocen a la Loma Pachacamac como Ecosistema Frágil y disponen su inscripción en la Lista de Ecosistemas Frágiles del Ministerio.