PODER EJECUTIVO
R.D 180-2011/DCG
3 de mayo de 2011

Aprueban normas referidas a la exigencia de contar con Doble Casco por parte de los buques de bandera nacional o extranjera, nuevos o existentes que transporten, almacenen o produzcan hidrocarburos a granel en el Dominio Marítimo y Aguas interiores.