DECRETO SUPREMO QUE AMPLÍA EL PLAZO PARA LA TRASFERENCIA DE LA FUNCIÓN PREVISTA EN EL LITERAL N) DEL ARTÍCULO 51 DE LA LEY Nº 27867, LEY ORGÁNICA DE LOS GOBIERNOS REGIONALES, REFERIDA A LA PROMOCIÓN, GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL PROCESO DE SANEAMIENTO FÍSICO - LEGAL DE LA PROPIEDAD AGRARIA CON LOS ACTORES INVOLUCRADOS.